DIDA recurrirá a la justicia si afiliados son afectados por suspensión de servicios de clínicas
Explica que cualquier desacuerdo entre una clínica y una ARS corresponde a una relación contractual de carácter comercial, regulada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Silsalril), por lo que el afiliado no debe convertirse en el perjudicado
Santo Domingo, RD.- Ante el conflicto entre las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y las clínicas privadas, el director general de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Elías Báez, advirtió que la institución podría acudir a los tribunales para proteger el derecho a la salud de los afiliados si estos resultan afectados por una eventual suspensión de servicios.
La advertencia surge luego de que la Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip) amenazara con suspender los servicios a los principales ARS del país en medio de diferencias sobre las condiciones de contratación y los pagos.
El funcionario recordó que el Estado es el garante del derecho a la salud de los ciudadanos y que, dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social, delega la administración de los recursos a las ARS, las cuales contratan a las clínicas para prestar los servicios de salud a los afiliados.
“Por eso, si le suspenden el servicio a los afiliados, la Dida (@DIDA_RDo), como dirección de defensa, podría recurrir a los tribunales a solicitar un Amparo por el derecho a la salud”, subrayó Báez en su cuenta social X.
Además, explicó que cualquier desacuerdo entre una clínica y una ARS corresponde a una relación contractual de carácter comercial, regulada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Silsalril), por lo que el afiliado no debe convertirse en el perjudicado.
En ese sentido, sostuvo que, si una clínica no está conforme con las condiciones económicas del contrato, debe esperar su vencimiento para negociar nuevas tarifas o alcanzar un acuerdo con la ARS, sin interrumpir la atención a los usuarios.
El director de la DIDA reiteró que, de materializarse una suspensión de servicios que afecte a los afiliados, la institución ejercerá las acciones legales correspondientes, incluyendo la solicitud de un recurso de amparo, para garantizar el derecho constitucional a la salud.